Las empresas sancionadas son Bureau Van Dijk Publicaciones Electrónicas, S.A. y solidariamente su matriz Moody’s Corporation, e Informa D&B, S.A.U. y solidariamente su matriz Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A., Cía de Seguros y Reaseguros (SME).
Acordaron el reparto de clientes y la fijación de precios para la comercialización de las bases de datos sobre información empresarial Sabi, Amadeus y Orbis.
Ambas empresas se han beneficiado del programa de clemencia al haber reconocido las prácticas anticompetitivas y al haber aportado pruebas de su existencia que han servido para acreditar las conductas ilícitas.
La CNMC ha sancionado el cártel de dos de las principales empresas de servicios de bases de datos de información empresarial en España (S/0002/21).
El mercado de servicios de información empresarial
Bureau Van Dijk Publicaciones Electrónicas, S.A. e Informa D&B, S.A.U. operan en el mercado de prestación de servicios de información comercial (económica y financiera) a terceros. Informa es la principal empresa en el mercado español.
Los principales productos comercializados conjuntamente en España por BvD e Informa son Sabi, Amadeus y Orbis.
El acuerdo anticompetitivo
Las empresas han reconocido, y la prueba documental así lo corrobora, la existencia de una reunión el 16 de septiembre de 2002, en la que ambas sociedades alcanzaron un acuerdo que sería la base de las relaciones entre ellas desde entonces y hasta el año 2021.
El acuerdo tuvo como finalidad principal no interferir en la captación de clientes de la otra empresa y evitar la competencia en precios en la comercialización de los productos Amadeus y Sabi y posteriormente Orbis.
El reparto de clientes se articuló a través de diversas estrategias. El intercambio periódico entre las empresas de las listas de clientes y prospectos para evitar interferir en los clientes y negociaciones de la otra empresa y la contratación vinculada de los tres productos como parte del pacto de no agresión, fueron una constante durante la vigencia del cártel.
Las empresas también han reconocido, y así consta acreditado en la resolución, la fijación de precios directos y de descuentos máximos entre ellas. Se han recabado incluso pruebas sobre acuerdos para igualar precios con el objetivo de que el cliente no tuviera que escoger entre ambas empresas en base a ese parámetro.
Este tipo de acuerdos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y constituyen una infracción muy grave constitutiva de cártel merecedora de sanciones que pueden suponer hasta un 10% del volumen de negocios de las empresas.
Ambas empresas se han beneficiado del programa de clemencia
Ambas empresas se han acogido al programa de clemencia. BvD ha quedado exenta del pago de la multa que le hubiese correspondido por haber sido la primera empresa en presentar la solicitud de clemencia.
Informa se ha beneficiado de una reducción del 30% del importe de la sanción que le hubiese correspondido (7,8 del volumen negocios total de la empresa). La multa impuesta finalmente asciende a un total de 3.558.135 euros.
La CNMC considera que ambas empresas, en su condición de solicitantes de clemencia, cumplen los requisitos para quedar excluidas de la prohibición de contratar prevista en el artículo 71.1.b) de la Ley de Contratos del Sector Público.
Fenomenal gracias.
Si me cae tema m318 de ue política comunitaria de la competencia contaré este ejemplo. Es reciente verdad? A ver si hay suerte. Saludos